DIPUTADO MELO CON MÁS DE 40 DIPUTADOS INGRESAN REQUERIMIENTO AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL POR LEY MARCO DE PERMISOS SECTORIALES
05 de julio de 2025
por Rodrigo Cavieres Cárdenas, periodista independiente (Integrante de Mosacat), Fernanda Poblete (Fundadora y Directora Ejecutiva de la Fundación Chile Sin Ecocidio y miembros MAT), Pía Gajardo (Presidenta del Observatorio de Derechos Humanos y Naturaleza y miembros MAT). Todas las organizaciones mencionadas hacen parte de la Asamblea Ecologista de Chile
El viernes 04 de julio de 2025, el diputado Daniel Melo junto con otros 41 diputados y diputadas, ingresaron un requerimiento al Tribunal Constitucional (TC) correspondiente al proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales (Boletín 16.566-03 / Oficio Nº20) por los artículos: 7a, 9, 10, 76 y 104e, puesto que no cumplen con los límites constitucionales, infringiendo en forma grave los artículos 1°, 5°; 19 N°s 2, 8, 9, 21, 22, 23 y 24 de la Constitución.
De acuerdo a El Mostrador, aun cuando existió oposición de parlamentarios oficialistas, quienes acusaron al Gobierno de actuar con una “verdadera desorientación ideológica”, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó en su tercer y último trámite el proyecto que agiliza los permisos sectoriales el pasado martes 01 de julio, quedando despachado como ley de la República (ver votaciones).
Los artículos contravenidos de la constitución son el artículo N°1 que señala que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos; el artículo N°5 relacionado con el ejercicio de la soberanía nacional.
En el caso del artículo N°19, están contemplados los siguientes numerales:
- número 2) Igualdad ante la ley,
- número 8) El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación,
- número 9) El derecho a la protección de la salud,
- número 21) El derecho a que el desarrollo de cualquier actividad económica no sea contraria a la moral, orden público o seguridad nacional,
- número 22) La no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica.
- número 23) La libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres o que deban pertenecer a la Nación toda y la ley lo declare así.
- número 24) El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales.
Para Pamela Poo (politóloga, Magíster en Sociología, Asesora Política y co-fundadora de la Fundación ECOSUR): “En cuanto al proyecto de ley marco de permisos sectoriales, nadie se opone a mejorar la gestión del estado sobre esta materia, pero aquello debe hacerse con responsabilidad con las personas y los ecosistemas, por ello el requerimiento de inconstitucionalidad se funda en la amplitud de actividades que podrían obtener un permiso por declaración jurada, la falta de consulta indígena y la regresión ambiental que significa, ya que no se respetan los principios de no regresión, preventivo y precautorio.”
Alejandra Parra (Máster en Planificación de la Universidad de Otago, Bióloga en Gestión de Recursos Naturales, co-fundadora de la Red de Acción por los Derechos Ambientales RADA, coordinadora de la Alianza Basura Cero Chile, asesora en plásticos y basura cero para el equipo Latinoamericano y Del Caribe de la Alianza Global por Alternativas a la Incineración GAIA): “El hecho de que el Gobierno le haya puesto discusión inmediata al proyecto de ley de permisos sectoriales, con un texto de más de 800 páginas, impidió una verdadera discusión de este proyecto de ley. Su aprobación estuvo siempre presionada por el ejecutivo y por el Ministro Grau, que cual lobo con piel de oveja presentó a la cámara de diputados un proyecto aparentemente para las PYMES, pero luego y como si lo hubiera tenido todo planeado, lo modificó en el senado asumiendo acuerdos con los grandes gremios empresariales y los sectores más derechistas del espectro político en Chile. Todo esto es una demostración de la precariedad de la democracia en Chile, y la facilidad con que las élites pueden manipular la toma de decisiones sobre cuestiones que afectan a todos los territorios del país.»
Articulando la trama
Con una documentación de 46 página se argumentaron los siguientes artículos en cuestión:
- El Artículo 7A hace referencia a la disposición de bienes fiscales o bienes nacionales de uso público. Este artículo vulnera diversos aspectos de nuestra constitución ya que los bienes de uso público no pueden ser objeto de actos de enajenación o adquisición, ni aún por parte de todo el Estado, al tratarse de bienes cuyo dominio pertenece a la Nación. No cabe hablar de propiedad privada ni disposición patrimonial sobre ellos.
- Mientras tanto, el artículo 9 menciona que “sin perjuicio de las autorizaciones sectoriales establecidas en la ley, la habilitación de proyectos o actividades sometidas a limitaciones regulatorias se realizará, por regla general, mediante técnicas habilitantes alternativas, sin exigir la dictación de un acto administrativo previo del órgano sectorial componentes” (p. 02).
- En el artículo 10 se explica que las Técnicas Habilitantes Alternativas (THA) son el aviso y la declaración jurada, y que el contenido de dichas técnicas “serán establecidos a través de un reglamento expedido por el ministerio del cual dependa o con el que se relacione el respectivo órgano sectorial”. [Cabe destacar la debilidad regulatoria de los reglamentos, ya que estos pueden ser modificados según la voluntad política del gobierno de turno]. Asimismo, el reglamento determinará “los supuestos de hecho en que procederá un aviso o una declaración jurada para el desarrollo de un proyecto o actividad”, en caso la normativa sectorial disponga una técnica habilitante alternativa en reemplazo de una autorización. Entre otros detalles de los avisos y las declaraciones juradas (p. 02-03). [Esto también incluye por ejemplo la intervención del cauce de un río, si el río se interviene y provoca una agudización de la crisis hídrica en un territorio determinado, el Estado quedaría atado de manos, durante 8 años, sin poder hacer nada al respecto].
- El artículo 76 hace alusión al régimen de estabilidad regulatoria por 8 años, (mencionado en ejemplo en el artículo anterior) que impedirá que los proyectos de inversión, público o privado, que tengan permisos sectoriales aprobados tengan que modificarse a nuevos criterios legislativos y normativos. Lo anterior también se podría aplicar a proyectos que cuenten con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable otorgado en la finalización de la evaluación en el Sistema de Evaluación Ambiental.
“Para que una autorización sectorial se someta al régimen de estabilidad regulatoria, las personas titulares de las iniciativas de inversión señaladas en el inciso segundo deberán acompañar a la solicitud correspondiente una declaración simple expresando su intención de adherir a dicho régimen. La declaración deberá contener:
a) La Resolución de Calificación Ambiental favorable.
b) La identificación de la normativa vigente a la fecha de presentación de la respectiva Declaración o Estudio en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y las modificaciones posteriores que no corresponda aplicar en la resolución de la autorización que solicita.
c) La forma en que la autorización sectorial que solicita se relaciona directamente con la iniciativa de inversión.” (p. 04).
- Por último, artículo 104 que introduciendo criterios de inversión y de eficiencia a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena CONADI, debilitando su rol promotor y garante de derechos de los pueblos originarios, transformándolo en un ente que regule normativamente proyectos con criterios empresariales, contraviniendo el Convenio 169 de la OIT.
🔗 al Requerimiento al Tribunal Constitucional completo.
Organizaciones socioambientales advirtieron con anterioridad los principales ejes problemáticos del Proyecto de Ley al Gobierno de Boric.
Cabe mencionar que, ya el miércoles 9 de abril, organizaciones socioambientales a nivel nacional acudieron a una rueda de prensa en la Sede del Parlamento en Valparaíso, hito gestionado por la Diputada ecologista Viviana Delgado y quien en su intervención reafirmó su completa oposición al proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales (Boletín N° 16566-3) -denominado “Ley de Permisología”- en conjunto con un grupo de parlamentarios: Camila Musante, Hernán Palma, Ericka Ñanco, Ana María Gazmuri, Jaime Mullet y Félix González. (ver más)
En dicha instancia, para la Asamblea Ecologista de Chile –articulación nacional integrada por más de 200 organizaciones a nivel nacional– dicho proyecto presenta claras evidencias respecto, a que su finalidad sería que el gran empresariado nacional e internacional puedan implementar sus proyectos e inversiones, sin limitación alguna. Además reflexionan que hay numerosos registros de empresas que ya se saltan el marco regulatorio ambiental, ¿qué sería si se llega a aprobar esta ley?, verdaderamente sería una motosierra ambiental.
Mientras que el martes 22 de abril, en el día Mundial de la Tierra, organizaciones socioambientales y ecologistas a nivel nacional entregaron una carta al Gobierno de Gabriel Boric, donde declaraban su completa oposición al proyecto de la “Ley de Permisología” y a la reforma al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), llamando a retirar su respectiva tramitación legislativa y/o administrativa.
Organizada desde la Asamblea Ecologista de Chile, la carta se presentó con un apoyo de cerca de 200 organizaciones de carácter ambiental y territorial de todo Chile; algunas de las cuales cuentan con más de tres décadas de experiencia; y en donde pedían el retiro de los proyectos anteriormente mencionados.
El 30 de junio, un día antes de la tramitación en su tercer trámite legislativo, en la Sala de Cámara de Diputadas y Diputados, las organizaciones socioambientales y ecologistas volvieron a alzar la voz. Así 245 organizaciones ambientales a través de una segunda carta, criticaron al ministro de Economía, Nicolás Grau y al Presidente Gabriel Boric por su respaldo al proyecto de ley de permisos sectoriales y la reforma al reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). (ver más)
Durante ese mismo día, el ministro Grau junto a su equipo jurídico tuvo una reunión en el ministerio de Economía, junto con organizaciones socioambientales, a través de la intermediación de la diputada Claudia Mix, en la cuál se expresaron las aprehensiones que se han presentado previamente.
Quitando pétalos: ¿firmó o no firmó?
Fuentes explicaron que desde el ejecutivo pusieron mucha presión a las diputadas y a los diputados para evitar que el documento se firmara, pero gracias a la presión ciudadana, el requerimiento fue despachado al tribunal constitucional con un total de 42 firmas. El tribunal constitucional tiene entre 10 y 20 días hábiles para dictar el fallo. Las organizaciones sociales señalan que en el caso de que la sentencia no sea favorable, realizarán gestiones y movilizaciones para exigir el veto presidencial.
Por último se ha realizado un llamado nacional a movilizarse el próximo sábado 19 de julio en diferentes partes del país, exigiendo justicia ambiental y un fallo favorable a las comunidades por parte del Tribunal Constitucional. Además, diversos dirigentes piden la renuncia del ministro de Economía, Nicolás Grau, y de la ministra de Medio Ambiente, Maisa Rojas.
Diputadas y Diputados que firmaron el Requerimiento Constitucional
- Autor: Daniel Melo Contreras
- María Candelaria Acevedo Sáez
- Jaime Araya Guerrero
- Mónica Arce Castro
- Danisa Astudillo Peiretti
- María Francisca Bello Campos
- Ana María Bravo Castro
- Jorge Brito Hasbún
- Karol Cariola Oliva
- Nathalie Castillo Rojas
- Daniella Cicardini Milla
- Luis Alberto Cuello Peña y Lillo
- Viviana Delgado Riquelme
- Ana María Gazmuri Vieira
- Andrés Giordano Salazar
- Marta González Olea
- Félix González Gatica
- Carmen Hertz Cádiz
- Tomás Hirsch Goldschmidt
- Daniel Manouchehri Lobos
- Carolina Marzán Pinto
- Claudia Mix Jiménez
- Javiera Morales Alvarado
- Camila Musante Müller
- Emilia Nuyado Ancapichún
- Maite Orsini Pascal
- Hernán Palma Pérez
- Lorena Pizarro Sierra
- Alejandra Placencia Cabello
- Matías Ramírez Pascal
- Gaspar Rivas Sánchez
- Juan Santana Castillo
- Marisela Santibáñez Novoa
- Emilia Schneider Videla
- Daniela Serrano Salazar
- Leonardo Soto Ferrada
- Carolina Tello Rojas
- Consuelo Veloso Ávila
- Nelson Venegas Salazar
- Gael Yeomans Araya
- Coca Ericka Ñanco Vásquez
- Diego Ibáñez Cotroneo